Son amparados contra Ley de Seguridad
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de Polanco#Moliere128
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoActualmente este predio tiene dos establecimientos mercantiles irregulares, ya que en la Planta Baja se encuentra una cafetería y en el primer nivel se encuentra un comercio cuyo giro es venta de ropa.
La cafetería se denomina comercialmente NY COFFEE y la tienda de ropa “Marcela Colokuris».
El establecimiento mercantil “Marcela Colokuris” ya tiene un procedimiento abierto por el INVEA cuyo expediente es INVEADF/OV/DUYUS/2397/2016, a pesar de que en la Resolución Administrativa de la PAOT cuyo expediente es PAOT-2016-1945-SOT-773, esta Procuraduría determina después de su investigación que:
- Al inmueble objeto de denuncia le corresponde la zonificación H 4/30 (Habitacional, 4 niveles máximos de construcción, 30% mínimo de área libre) en donde el uso de suelo para venta de ropa no se encuentra permitido de conformidad con el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de Polanco de la Delegación Miguel Hidalgo vigente.
- La Dirección del Registro de los Planes y Programas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México no cuenta con Certificado que acredite el uso de suelo de venta de ropa para el inmueble objeto de la denuncia.
- Corresponde a la Coordinación de Substanciación de Procedimientos del INVEA CDMX substanciar el procedimiento administrativo INVEA/OV/DUYUS/2397/2016 en el inmueble objeto de investigación, toda vez que el uso para venta de ropa no se encuentra permitido en la zonificación aplicable conforme al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de Polanco, imponiendo las medidas y sanciones procedentes.
Hasta el momento no ha habido ninguna consecuencia al respecto, ni clausura, mucho menos sanción.
En el mes de Noviembre de 2017, cambia el giro de una tienda de abarrotes a una cafetería antes mencionada en la planta baja.
A pesar, de que se ha visto y ha sido comprobado por la PAOT que ese predio no tiene USO DE SUELO para establecimientos mercantiles, se apertura este establecimiento que no sólo viola el Programa Parcial en este aspecto, sino también en el de cafetería, ya que en la Gaceta Oficial del 6 de junio de 2014, queda PROHIBIDA la apertura de cafeterías, fondas, restaurantes con venta de bebida alcohólica, etc.
Desde el mes de enero se mando verificar al INVEA por uso de suelo y hasta el momento, no se han puesto ni siquiera sellos de suspensión.
El origen del caótico desarrollo urbano en la CDMX
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de Polanco#EdgarAlanPoe94
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoActualmente este predio tiene un establecimiento mercantil ilegal, ya que en la Planta Baja del lado izquierdo viendo el inmueble de frente, se encuentra una cafetería llamada “mora mora”. Fue denunciado ante el INVEA por uso de suelo y hasta ahora no hemos visto que se pongan, aunque sea, sellos de suspensión.
Es un inmueble catalogado por el Instituto Nacional de Bellas Artes y por la Dirección de cultura arquitectónica de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda.
En este inmueble han existido varios establecimientos mercantiles, desde oficinas, centros de capacitación y alguna mueblería. Jamás ha existido un giro de alimentos con o sin servicio de comedor, ni venta de bebida alcohólica.
En el Programa Parcial de Polanco, publicado el 6 de junio de 2014, se le dio una normatividad a casas catalogadas para promover su conservación:
Norma de Ordenación particular en los inmuebles catalogados serán los indicados en la Tabla de Usos del Suelo del presente Programa Parcial de Desarrollo Urbano únicamente en las zonificación habitacional, es decir, representaciones oficiales diplomáticas y estatales; servicios recreativos de danza, teatro, música y bellas artes; bibliotecas, hemerotecas, ludotecas, centros comunitarios y culturales; centros de exposiciones, galerías de arte y museos; casas de cultura, librerías y tienda de artesanías; suites y departamentos amueblados, todos ellos SIN CAFETERÍAS, NI RESTAURANTES de ningún tipo. Los bancos y casas de cambio sólo se permitirán en la zonificación HC, HS, y HM, siempre que no afecten las características de la edificación referida a la altura, proporciones de sus elementos, aspecto y acabado de fachadas, alineamiento y desplante de la construcción, en estricto apego a lo establecido en la Norma No. 4 de Áreas de Conservación Patrimonial.
Además, existe también una normatividad específica para cafetería, restaurantes con y sin venta de bebida alcohólica:
Norma de Ordenación Particular para Restaurantes con y sin venta de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, bares, discotecas y cervecerías:
“Los nuevos restaurantes con y sin venta de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, bares, discotecas y cervecerías, sólo se permiten en aquellas zonificaciones que señale la Tabla de Usos de Suelo del presente Programa Parcial de Desarrollo Urbano Polanco, en la Delegación Miguel Hidalgo, es decir, que los Restaurantes sin venta de bebidas alcohólicas sólo se permite en las zonificaciones Habitacional Mixto (HM) y Habitacional con Servicios (HS). Así mismo, los Restaurantes con venta de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, bares, discotecas y cervecerías, sólo están permitidos en Habitacional con Servicios (HS), únicamente cuando formen parte de una Plaza o Centro Comercial y/o Zona Hotelera, cuyo acceso sea el mismo conjunto, y que no tengan acceso peatonal directo a la calle.»
Ese establecimiento mercantil, como se mencionó antes, nunca existió. Se muestra fotografía tomada en febrero de 2017 y actuales.
Admiten dos amparos en contra del PGDU
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoPara entender el papel del agua en nuestra ciudad
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de Polanco@Ciudadania19S dando seguimiento al sismo, ha realizado esta infografía sobre cómo funciona nuestro subsuelo y el agua. Tenemos que asumir el lugar en donde vivimos, esperamos que esto les sirva.
PGR confirma que no hubo consulta a Pueblos y Barrios del MBL7
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoSeguimos sin saber cómo funciona el Sistema Penal Acusatorio
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoLa calle de Euler
/0 Comentarios/en Noticias, Polanco/por La Voz de PolancoHace tiempo que no dábamos una vuelta por la calle de Euler, para nosotros fue una verdadera sorpresa encontrarnos una manta que dice lo siguiente: «Petición Urgente Xochitl Gálvez, Margarita Fisher, Adolfo Arenas Correa, Los vecinos de Euler nos oponemos a que opere «La Chilanguita» en los edificios residenciales Mariano Escobedo. Gracias por su apoyo». Interprete usted, o explíquenos si sabe algo, pues la remodelación se esta llevando a cabo en el primer nivel del edificio.
Este Establecimiento Mercantil es la peste para los vecinos, ante el descontrol de sus actividades, el ruido y la gente alcoholizada se afecta a los alrededores. Pero, no sólo observamos eso, resulta que la vía pública se encuentra invadida por el Establecimiento Mercantil «Arbolitos de Cajeme», tienen puesto el restaurante en la banqueta, por lo visto la noche fue larga y ni siquiera las mesas y sillas fueron recogidas para por lo menos taparle el «ojo al macho».
A partir de la publicación del Programa Parcial de Polanco el 6 de junio de 2014, el número de enseres en la calle corresponde al 50% de la existencia en el local. Además la Ley de Establecimientos Mercantiles es clara en decir que:
Artículo 15.- La colocación de los enseres e instalaciones a que se refiere el artículo anterior, procederá cuando se reúnan las siguientes condiciones:
I. Que sean contiguos al establecimiento mercantil y desmontables, sin que se encuentren sujetos o fijos a la vía pública;
II. Que para el paso de peatones se deje una anchura libre de por lo menos dos metros, entre la instalación de los enseres y el arroyo vehicular;
VI. Que no se instalen en zonas preponderantemente destinadas al uso habitacional; y
La Delegación ordenará el retiro inmediato de los enseres en los casos que se constate a través de visita de verificación, que su colocación o instalación contraviene lo dispuesto por la Ley. El retiro lo hará el titular y ante su negativa u omisión, lo ordenará la Delegación a costa de aquél en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.